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¿Qué es el fideicomiso?

qué-es-un-fideicomiso - 1 (2)Quizás sea ésta una de las primeras preguntas que debamos plantearnos a la hora de considerar el fideicomiso como una alternativa financiera, confidencial y confiable.

El origen del fideicomiso.

El origen del fideicomiso proviene del Derecho Romano. El fideicomissum hace referencia a la manifestación a título particular mortis causa, a través de la cual se origina un encargo a una persona que tiene la obligación de transmitir todos o buena parte de los bienes de su sucesión a beneficio de un tercero.

Históricamente podemos situar a Panamá como epicentro de la generación de leyes que abordan el fideicomiso, ya que fue este país el que promulgó la Ley 9 de 6 de enero de 1925 sobre la institución del fideicomiso siendo la primera de toda Latinoamérica. Esta Ley no solo aportó grandes consecuencias dentro de Panamá, sino que sirvió para que otros países del continente se inspiraran en ella para promulgar leyes similares.

Panamá fue el primer país Latinoamericano que promulgó una ley para abordar el fideicomiso.

Tras esta Ley se redactaron dos nuevas, la de 1941 que apenas realizó leves ajustes y la de 1984 que es la actual.

Qué es el fideicomiso, definición.

Podemos definir el fideicomiso como el acto o acuerdo a través del cual una persona natural o entidad jurídica denominada Fideicomitente, entrega a una entidad llamada Fiduciaria, que puede ser una persona física o jurídica, uno o más bienes con el objeto de cumplir una determinada finalidad en beneficio del propio Fideicomitente o de un tercero que él mismo determine.

La Entidad Fiduciaria se compromete a realizar todo lo posible para alcanzar el objetivo señalado por el Fideicomitente, administrando los bienes para tal efecto.

Sujetos del fideicomiso.

Como bien se ha podido extraer de la definición del fideicomiso, en esta figura legal intervienen varias partes, en concreto tres, aunque es posible reducirla a dos. A continuación las detallamos:

a) Fideicomitente:

Cabe destacar la capacidad de obrar que el sujeto que constituye el fideicomiso debe demostrar, al igual que la libre disposición y titularidad de los bienes objeto del encargo.

b) Fiduciario.

La propia ley establece unos límites a las entidades para llevar a cabo este tipo de negocios, debiendo estar autorizadas expresamente como es caso de Central Fiduciaria, S.A., que es una entidad regulada por la Superintendencia de Bancos de Panamá y acreditada como entidad fiduciaria mediante Resolución SBP-FID No.0016-2013 de 4 de septiembre de 2013.

c) Beneficiario.

La propia Ley establece la posibilidad de establecer varios beneficiarios, pudiendo recibir esos bienes de forma simultánea o sucesiva. La Ley es bastante flexible en este aspecto, dando la posibilidad de nombrar beneficiarios sustitutos o incluso determinar una línea jerárquica entre los mismos.

Estamos seguros de que con esta información pueden hacerse una mejor idea de lo qué es una fiducia. Nos obstante les indicamos que pueden contactarnos en el (507) 306-1230 o escribirnos a través de nuestro formulario de contacto para ampliar y solicitar cualquier tipo de información.

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