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Factores históricos y origen de las fundaciones

El origen del concepto de las fundaciones tal cual las conocemos en la actualidad no proviene ni de los griegos ni de los romanos cómo algunas fuentes citan. No obstante, podemos afirmar que existían en esta época determinadas figuras de carácter corporativo, que contrarias a la definición de entidad legal, fueron siempre reconocidas por el Derecho Romano como asociaciones de individuos.

origen de las fundaciones

Siguiendo el Código de Justiniano, una recopilación de constituciones imperiales promulgada por el emperador Justiniano, en una primera versión, el 7 de abril de 529, y en una segunda, el 17 de noviembre de 534,  que conocemos hoy en día.

Estas instituciones eran conocidas como las “piae causae”, o fundación u obra piadosa.

El origen de las fundaciones

Dentro del Derecho  Romano, y por la influencia del cristianismo, se concedió personalidad jurídica bajo esta denominación a este tipo de instituciones que cuyo fin era el desarrollo de obras benéficas a favor de pobres, enfermos, ancianos e hijos abandonados.

En la Edad Media

Ya en la Edad Media el desarrollo de las fundaciones se vieron afectadas por las diferentes corrientes ideológicas que influenciaron el pensamiento social de la época.

La Iglesia Católica tenía una apreciable influencia en la sociedad durante la Edad Media e instauró como práctica que la selección de una parte del patrimonio personal estuviera dedicado a la Iglesia o a causas e instituciones eclesiásticas tras la muerte de la persona.

Dentro de la concepción popular de le época, esto era considerado como un símbolo de retribución a Cristo. De hecho, la Iglesia estaba vista como una “fundación divina”, donde el clero tenía potestad para ejercitar los testamentos.

A finales de la Edad Media la actividad fundacional empezó a ser desarrollada por cuerpos seculares, y a raíz de ello surgieron las denominadas fundations in free towns, caracterizadas por ser operadas a través de ciudadanos laicos independientes de la Iglesia.

Hay que destacar también la importante participación municipal, ya que esta institución fungía como ente fiscalizador de estas fundaciones, de tal forma que actuaba en calidad de administrador de las fundaciones con fines caritativos.

En el año 1509 se consagró la Reforma de Frankfurt, y a partir de esa fecha se apreció una conducta peculiar referente a las fundaciones que consistía en una obligación de rendición de cuentas por parte de la persona que hacía las veces de administrador ante el Consejo Comunal.

Hasta el siglo XIX

Durante los siglos XVIII y XIX tanto las fundaciones como el fideicomiso pasaron por un periodo crítico, hasta el punto de no ser incluidas como figuras jurídicas en el Código Napoleónico.

Debemos remontarnos en este repaso histórico hasta el siglo XIX para ver la evolución de las fundaciones como un instrumento legal, dato que repasaremos en un siguiente artículo donde trataremos el concepto y la evolución de las fundaciones de interés privado en el último siglo.

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