Curso capacitación sobre Fideicomiso

#11 Sustitución y renuncia del Fideicomiso

Sustitución y renuncia del Fideicomiso

En alcance a la aportación anterior, donde hablamos de las modificaciones y la extinción de los Fideicomisos, dentro del espacio abierto para el aprendizaje de sus aspectos básicos, durante el período de resguardo impuesto todavía para algunos sectores por el COVID – 19; procedemos ahora a mostrarles como se efectúa la sustitución y la renuncia en esta operación económica – jurídica:

“Si el Fiduciario debe ser reemplazado por un sustituto, los bienes del Fideicomiso deberán ser transferidos al sustituto por el Fiduciario saliente, o, mediante resolución del Juez.

Para efectos regístrales, no se considerará como transferencia la sustitución de un Fiduciario por otro, siempre que se trate del mismo fideicomiso.

El Fiduciario podrá renunciar al cargo cuando haya sido autorizado en el Contrato de Fideicomiso. A falta de autorización, podrá renunciar con la aprobación del Juez, por causa justificada; pero dicha renuncia sólo será efectiva desde que se haya nombrado un Fiduciario sustituto y éste haya aceptado el cargo.

En la práctica, casi todos los Contratos de Fideicomiso contemplan la posibilidad de renunciar, mediante una notificación que realiza el Fiduciario al Fideicomitente con una antelación no menor de treinta (30) días calendario, quien deberá proceder a nombrar un nuevo Fiduciario en un término no mayor a ese lapso; el cual vencido, sin que el Fideicomitente lo haya nombrado, le corresponderá al Fiduciario proceder con la designación de otro, que mantenga la debida licencia para el ejercicio de esta actividad fiduciaria.”

En la próxima ilustración, atendiendo varias peticiones, explicaremos nuevamente lo relacionado con la conformación de un patrimonio separado en el Fideicomiso y el efecto protector en la reactivación del giro comercial, empresarial o industrial del Fideicomitente, con ocasión de la paralización de actividades por este Coronavirus.

Reiterándoles el deseo de acompañarles durante este proceso; y, convencidos de que detrás de una crisis, se encuentra un mundo de oportunidades para quienes están preparados para identificarlas, nos suscribimos,

FERNANDO SUCRE MÍGUEZ

Presidente Ejecutivo de Central Fiduciaria, S.A.

Si el Fiduciario debe ser reemplazado por un sustituto, los bienes del Fideicomiso deberán ser transferidos al sustituto por el Fiduciario saliente, o, mediante resolución del Juez